
El vocero de la Presidencia, Homero Figueroa, anunció que el decreto 30-25, que establece el reglamento para la aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (Itbis) en servicios digitales ofrecidos por proveedores extranjeros y consumidos en el país, será derogado, por lo que no llegará a implementarse.
"El decreto será derogado", afirmó Figueroa con firmeza tras la publicación de la noticia por *Diario Libre* la mañana de este martes.
La medida, publicada en la Gaceta Oficial No. 11186 el 25 de enero de 2025, estaba programada para entrar en vigor seis meses después, aproximadamente en julio de 2025.
Dicho reglamento establecía que el Itbis debía aplicarse a todos los servicios digitales utilizados, consumidos o captados en República Dominicana.
Servicios que abarcaba la medida
El decreto afectaba a plataformas como:
- Streaming de video y música (Netflix, Spotify, Disney+, entre otras).
- Publicidad en línea y redes sociales (Facebook Ads, Google Ads).
- Aplicaciones de intermediación como Uber y Airbnb.
- Servicios de almacenamiento en la nube y software como servicio (SaaS).
- Venta de productos digitales como libros electrónicos, cursos en línea y videojuegos.
Sin embargo, los servicios ya exentos del Itbis en la legislación vigente, como educación, salud, transporte terrestre y servicios financieros, no serían impactados por este reglamento.
Obligaciones para proveedores extranjeros Si la medida no hubiera sido derogada, los proveedores digitales sin residencia ni domicilio en el país habrían tenido que registrarse ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como contribuyentes y actuar como agentes de percepción del Itbis.
El decreto estipulaba que las plataformas digitales extranjeras debían:
- Registrarse en la DGII en un plazo de 90 días para obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
- Declarar y pagar el Itbis mensualmente a través de una plataforma virtual de la DGII.
- Proporcionar información sobre sus operaciones en el país cuando las autoridades fiscales lo requirieran.
- Permitir auditorías por parte de la DGII para verificar el cumplimiento tributario.
Las empresas que incumplieran estarían sujetas a sanciones conforme al Código Tributario dominicano y otras normativas aplicables.
Objetivos del decreto
Según el gobierno, la medida buscaba mejorar la eficiencia en la recaudación fiscal, reducir la evasión y promover la equidad tributaria entre el comercio digital y los negocios tradicionales. Además, se alineaba con las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que promueve la tributación de los servicios digitales en el país donde se consumen.
Sin embargo, tras la controversia generada, el gobierno decidió revertir la decisión y eliminar la aplicación de este reglamento.
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